Los recientes casos de “intercambios de disparos” han generado cuestionamientos sobre las circunstancias en las que agentes policiales o militares recurren al uso de la fuerza letal contra personas que ya habrían depuesto su actitud.
El jurista Jonathan del Rosario, especialista en derecho administrativo y procedimiento civil, explicó que, en el ámbito penal ordinario, quitarle deliberadamente la vida a una persona rendida puede ser perseguido conforme a las disposiciones del Código Penal.
Según el abogado, cuando existen elementos como premeditación, alevosía o abuso de autoridad, los agentes involucrados podrían enfrentar penas de entre 10 y 40 años de prisión.
Del Rosario también señaló que podrían aplicarse sanciones adicionales en casos donde se intente alterar la escena o colocar armas para presentar el hecho como un enfrentamiento.

